Si estás pensando en vender tu coche no olvides notificar la venta y otros consejos para evitar líos y sacarle mayor partido
"Si eres el vendedor de un vehículo, te aconsejamos que realices la notificación de venta del vehículo nada más realizada la venta del mismo. No esperes a que el comprador realice el trámite de la transferencia". Esta es una de las últimas advertencias que ha lanzado la Dirección General de Tráfico (DGT) en su cuenta de Twitter ante una posible venta del coche.
Un simple aviso que puede evitar más de un quebradero de cabeza a la hora de realizar una transacción y es que mientras el vendedor de un vehículo no solicite el cambio de titularidad, las multas y otros pagos como el seguro el coste de la ITV le seguirán llegando a su cuenta.
¿Qué hay que comprobar?
- Que el impuesto de circulación del año anterior ha sido abonado.
- Que esté libre de multas pendientes.
- Que esté libre de cualquier limitación de disposición (reserva de dominio) que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles.
- Que esté libre de embargos y precintos.
De este modo, antes de proceder a la venta del vehículo, es necesario estar al día en el pago de impuestos locales o de sanciones relacionadas con el vehículo. Si no se produce este requisito, no se podrá realizar la transacción.
Cumplido este apartado se ha de notificar la venta del coche y siempre debe hacerla el vendedor o cualquier persona autorizada en su nombre. Por este trámite, la DGT cobra 8,59 euros en conceptos de tasas.
Una vez hecho el pago y realizada la notificación de venta desde ese mismo instante, el nuevo comprador será responsable de cualquier sanción que le sea impuesta al vehículo.
En cualquier caso, es necesario recordar que este trámite, no exime al comprador de realizar trámite de cambio de titularidad y hasta que éste no lo haga, no se expedirá el nuevo permiso de circulación del vehículo. Pero esa tarea corresponde al comprador. El plazo máximo son 30 días desde la firma del contrato.
No olvides que el contrato debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen, y fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del comprador.